La Corte Suprema restringe posibilidades de inmigrantes deportados regresar, aunque su expulsión fuera injusta
La Corte Suprema dictaminó este lunes que los inmigrantes no pueden beneficiarse de una deportación previa con fallas legales para evitar un castigo posterior más severo por ingresar ilegalmente al país.
Los magistrados fallaron por unanimidad a favor del Gobierno y en contra de un inmigrante mexicano que buscaba impugnar los cargos por reingreso ilegal bajo la teoría de que como fue inapropiado deportarlo en primera instancia no se le podría castigar más severamente por cruzar la frontera de manera irregular, tal y como establece la ley.
El mexicano Refugio Palomar Santiago era residente permanente legal cuando fue condenado en California por conducir bajo los efectos del alcohol y un juez ordenó su deportación en 1998.
Pero seis años más tarde, la propia Corte Suprema decidió que manejar borracho no es motivo suficiente para deportar a un inmigrante.
Palomar Santiago decidió en un momento dado regresar irregularmente a Estados Unidos, pero fue detenido en 2017 y acusado de ingreso ilegal al país.
Una Corte de Distrito y el Noveno Circuito de Apelación le dieron la razón al señalar que su primera expulsión fue inválida, teniendo en cuenta la nueva jurisprudencia de la Corte Suprema.
ero con su dictamen conocido este lunes, el máximo tribunal establece que aquellos que fueron deportados antes de ese cambio de doctrina no pueden revisar de esta manera su expulsión.
La Corte Suprema sostiene que la Ley de Inmigración no permite que los inmigrantes deportados vuelvan a entrar a Estados Unidos sin demostrar que han agotado sus opciones de revisión judicial, incluso después de que el delito original que llevó a su deportación fuera anulado.
"La revisión administrativa de las órdenes de deportación existe precisamente para que los no ciudadanos puedan cuestionar la esencia de las decisiones de los jueces de inmigración", asegura en su sentencia.
La jueza progresista Sonia Sotomayor, encargada de redactar el fallo, indicó que el error de un juez de inmigración "no excusa el incumplimiento por parte del no ciudadano con un requisito de agotamiento obligatorio si una revisión administrativa adicional, y luego una revisión judicial si es necesario, podría corregir ese mismo error".
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